Lo sabemos: Probablemente ya haces malabares para pagar la renta, el transporte, y no romper la quincena. Y encima te preguntas: “¿Y si pudiera trabajar legalmente mientras arreglo mi situación migratoria?”. Pues para eso sirve el famoso EAD, o Documento de Autorización de Empleo (Employment Authorization Document). Vamos a desmenuzarlo para que sepas si tú podrías calificar.

El EAD es un permiso que emite el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) y que te permite trabajar legalmente por un tiempo limitado, según tu situación migratoria. Dependiendo de cuál sea tu estatus migratorio (o tu “plan B” mientras esperas algo más permanente), hay varias categorías bajo las cuales puedes solicitar un EAD.

Algunos ejemplos comunes:

  • TPS (Estatus de Protección Temporal)
  • DACA (Acción Diferida para los Llegados en la Infancia)
  • Solicitantes de asilo / asilados
  • Cónyuges de residentes o ciudadanos (ajuste de estatus por matrimonio)

Categorías elegibles: ¿cuál te aplica a ti?

Aquí algunas de las más relevantes, con ejemplos chidos para que lo entiendas:

  1. TPS (Protección Temporal)
     Si tu país está designado para TPS (por ejemplo, por desastres naturales, violencia, crisis), puedes pedir un EAD bajo esa categoría.
    • Importante: desde julio de 2025, los EAD basados en TPS pueden tener una extensión automática de hasta 1 año o lo que dure el TPS, lo que sea menor. 
    • En el aviso oficial del Registro Federal se indica que, si tu renovación del EAD por TPS es presentada en ciertos periodos, puedes tener esta prórroga automática. 
  2. DACA (Acción Diferida para los Llegados en la Infancia)
     Si recibiste DACA (por ejemplo, llegaste de niño o niña al país), puedes solicitar un permiso de trabajo con I-765 bajo la categoría C33.
    • La tarifa para presentar tu I-765 cambió: cuesta US$520 si lo presentas en papel, o US$470 si lo haces en línea. 
    • No siempre tienes que pagar la biometría, pero depende de tu caso y categoría.
  3. Asilo / Asilados
    • Si estás solicitando asilo y tu formulario I-589 está pendiente, puedes pedir un EAD bajo la categoría (c)(8) (asilo pendiente). 
    • Para una solicitud inicial de asilo, necesitas esperar mínimo 150 días después de presentar tu petición para solicitar el permiso de trabajo. 
    • Si ya se te concedió asilo, como asilado puedes obtener un EAD bajo la categoría (a)(5). 
    • Si ya te dieron asilo, a veces no necesitas renovar el EAD para poder seguir trabajando, aunque conviene tener la tarjeta para mostrar.
  4. Matrimonio / Ajuste de estatus
    Digamos que te casaste con una persona ciudadana o residente permanente. Si estás ajustando tu estatus (presentaste el I-485, por ejemplo), puedes solicitar un EAD bajo la categoría (c)(9) para tener permiso mientras esperas tu tarjeta verde. En estos casos, muchas personas presentan el I-765 junto con el I-485 para acelerar el proceso. 

Si haces esto, el costo puede ser menor que una solicitud por separado. Por ejemplo, al presentar con I-485 se puede pagar solo US$260.

¿Cuánto cuesta? No, no es gratis (ojalá), pero tampoco es el doble del salario mínimo.

  • La tarifa de presentación para el Formulario I-765, a partir de 2025, es de US$470 si lo haces en línea o US$520 si lo envías en papel, para muchas categorías. 
  • Si te piden biometría (huellas, fotos, etc.), hay un costo extra: US$85, dependiendo de la categoría.
  • Hay algunos casos donde puedes pedir una exención de tarifa, aunque no siempre aplica para todos. 

¿Cuánto tiempo tienes que esperar?

Buena pregunta, y la respuesta honesta es: depende. No es magia, es burocracia.

  • Para la mayoría de solicitudes de I-765, los tiempos de procesamiento típicos van de 2 a 5 meses. 
  • Para DACA, por ejemplo, algunos reportan entre 3 y 5 meses. 
  • Si estás solicitando asilo (categoría c)(8), hay una “regla de reloj”: aunque presentes a los 150 días, USCIS no puede aprobar tu permiso hasta que hayan pasado 180 días desde tu solicitud de asilo. 
  • Una vez que USCIS aprueba tu I-765, la tarjeta EAD se produce (es decir, la “fabrican”) y suele llegarte por correo en unas 2 semanas. 

Además, si estás renovando un EAD y calificas, puede haber extensiones automáticas mientras esperas la decisión:

  • Para varias categorías (refugiados, asilados, TPS, etc.) puede haber una extensión automática de hasta 540 días, si presentas la renovación de forma oportuna. 
  • Pero ojo: hay cambios recientes. Desde el 30 de octubre de 2025, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) eliminó esa extensión automática para algunas categorías. 
  • Hay excepciones: los EAD basados en TPS pueden seguir con extensiones según ciertos avisos del Registro Federal. 

No te quedes con las ganas: averigua qué categoría te aplica, prepara tus documentos, pide ayuda si la necesitas, y mantente al día con las reglas, que cambian con más frecuencia que el clima en la frontera.

Y una última cosa: ya trabajas duro, muchas veces más que suficiente para pagar cuentas, gasolina, quién sabe qué más. Así que, mientras te concentras en esos trámites importantes, cuida tu vehículo también. Recuerda que Sigo Seguros está aquí para ayudarte a proteger tu patrimonio, ese que te lleva cada día a trabajar, a casa, o a cuidar lo que más importa: tu familia.